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8.4 | Control político y social de la gestión del cambio climático

Este capítulo busca brindar herramientas clave a futuros concejales y diputados para que ejerzan de manera efectiva su labor en el ciclo de la administración pública, reconociendo los retos que impone a su ejercicio el cambio climático.

Sobre este capítulo

Los miembros de las corporaciones públicas como Concejos Municipales y Asambleas Departamentales, son la materialización de la democracia participativa bajo la cual se guía el Estado Colombiano, y representan la voluntad popular de los elegidos en los términos señalados por el artículo 3º constitucional, los Capítulos 2 y 3 del Título XI de la Carta Política, y las normas que los desarrollan.

Si bien no son los Concejos Municipales ni las Asambleas Departamentales quienes elaboran los Planes de Desarrollo de sus territorios, sí tienen la obligación de adoptar estos instrumentos mediante Ordenanza o Acuerdo. Para ello es fundamental que tengan en cuenta, en primer lugar, que este guarde coherencia con el Programa de Gobierno que fue presentado al momento de la inscripción de candidaturas por parte de quienes para entonces eran candidatos a alcaldías y gobernaciones. En ese sentido, es posible señalar que el Programa de Gobierno constituye el primer paso de planeación en el ciclo de la administración pública, factor que debe ser tenido en cuenta por los candidatos a elecciones públicas territoriales.

Además de lo anterior, en su ejercicio de adopción de los Planes de Desarrollo Territoriales deben velar porque se cumpla de manera armónica con las obligaciones legales que debe seguir este instrumento. Bajo este contexto, y considerando los efectos del cambio climático, es fundamental que los miembros de Concejos y Asambleas, además de las normas que regulan el procedimiento de la adopción del Plan de Desarrollo y el reglamento interno de sus corporaciones, tengan en cuenta las obligaciones que el legislador ha impuesto a municipios y departamentos respecto de la incorporación de la gestión del cambio climático en sus instrumentos de planeación, especialmente en los artículos 11, 12, 14 18 y 19 de la Ley 1931 de 2018.

Ideas clave

Los Concejos Municipales y Asambleas Departamentales no tienen un carácter legislativo dentro de nuestra estructura constitucional; fungen como organismos administrativos, tal como lo ha señalado la Corte Constitucional. En concordancia con lo anterior, no es de la autonomía de las mencionadas corporaciones, por cuenta propia, realizar modificaciones al Plan de Desarrollo presentado por alcaldes o gobernadores (como sí lo puede hacer el Congreso de la República); toda modificación propuesta debe contar con el aval del Alcalde o Gobernador, como lo señaló la Corte en Sentencia C-538 de 1995.

Además de la obligación que tienen los Concejos y Asambleas de adoptar los Planes de Desarrollo, se encuentra aquella de ejercer control político a la gestión pública de las Alcaldías y Gobernaciones, consagrada especialmente en el Acto Legislativo 01 de 2007. Teniendo en cuenta las obligaciones en cabeza de las autoridades municipales y departamentales de incorporar la gestión climática en su ejercicio, entre otras en la Ley 1931 de 2018 (Ley de cambio climático), desde Camino Hacia Carbono Neutral hemos identificado diez consejos a modo de preguntas que pueden ser útiles para cumplir estas obligaciones desde la función de control que ejercen las corporaciones públicas territoriales:

1. ¿EL CONCEPTO (LA PALABRA) CAMBIO CLIMÁTICO SE INCLUYE EN EL INSTRUMENTO PÚBLICO?

2. ¿EL USO DEL CONCEPTO DE CAMBIO CLIMÁTICO ES APROPIADO?

3. ¿EN DÓNDE ESTÁ DISPONIBLE LA INFORMACIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO DEL PAÍS?

4. ¿EL INSTRUMENTO INCLUYE ACCIONES O MEDIDAS ESPECÍFICAS EN MATERIA DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO?

5. ¿EXISTEN LAS CONDICIONES HABILITANTES PARA QUE SE IMPLEMENTEN DICHAS ACCIONES?

6. ¿EL INSTRUMENTO INCLUYE ACCIONES O MEDIDAS ESPECÍFICAS EN MATERIA DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO?

7. ¿EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIALES SE REALIZÓ CON LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA?

8. ¿LAS MEDIAS DE CAMBIO CLIMÁTICO RESPONDEN A LAS BARRERAS SOCIALES Y ECONÓMICAS QUE ALIMENTAN LA INEQUIDAD Y SON EXACERBADAS POR LA CRISIS CLIMÁTICA?

9. ¿LA INFORMACIÓN PARA EL SEGUIMIENTO A LAS METAS CLIMÁTICAS ES PÚBLICA Y SE ENCUENTRA ACCESIBLE PARA SU CONSULTA?

10. ¿SE GENERAN ESPACIOS PARA DISCUTIR LOS RETOS, DIFICULTADES Y EXPERIENCIAS EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS CLIMÁTICAS DEL TERRITORIO?

Para saber más